Antes de profundizar en el tema de la información digital y las leyes que normalizan su aprovechamiento, es oportuno definir varios conceptos que están vinculados con el asunto central del blog.
- Acceso remoto: Modalidad de entrada a internet que puede hacerse desde sitios distintos que no están relacionados entre sí.
- Base de datos: “Colección de información
almacenada de forma organizada en una computadora.” (Beekman, 2011, p. 441).
- Copyright: Legislación también conocida como
derechos de autor que expone las garantías que tiene cualquier persona autora
sobre el contenido que haya creado.
- Información: “Grupo de datos ya supervisados y
ordenados, que sirven para construir un mensaje basado en un cierto fenómeno o
ente.” (Pérez y Gardey, 2008, párr. 1).
- Información digital: Conjunto de datos
dispuestos en soportes electrónicos.
- OMPI: Siglas de la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual, ente global que vela porque la información sea empleada
de manera que el derecho de autor se resguarde.
- Plagio: Apoderarse de las ideas de alguien más
y hacerlas pasar como creación personal.
- Propiedad intelectual: “Los resultados de
actividades intelectuales en los campos de las artes, las ciencias y la
industria.” (Beekman, 2011, p. 455).
- Sociedad de la información: Modelo
socioeconómico contemporáneo donde la información y el conocimiento lideran un
comercio globalizado.
- Usuario: Individuo, colectivo o institución que emplea la información y la tecnología para resolver variadas necesidades.
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